Normatividad y monitoreo del aire
En nuestro país se registran los siguientes contaminantes
atmosféricos: SO2, CO, NO2, ozono (O3), PM10 partículas
suspendidas totales (PST) y plomo (Pb). Para cada uno de estos contaminantes
se cuenta con un estándar o norma de calidad del aire donde se
establecen las concentraciones máximas que no debieran sobrepasarse
en un periodo definido (frecuentemente una vez por año), para
que pueda garantizarse la protección adecuada de la salud de
la población, inclusive la de los grupos más susceptibles
(Recuadro III.1.1.5).
Con el fin de hacer más comprensible el nivel de contaminación,
en México se utiliza un índice conocido como Imeca (Índice
Metropolitano de la Calidad del Aire), que consiste en una transformación
de las concentraciones del contaminante a un número adimensional
que indica el nivel de contaminación de una manera fácil
de entender (Recuadro III.1.1.6).
En la escala utilizada por este índice, los valores de la Norma
de Calidad del Aire le corresponden a 100 puntos Imeca y es el límite
de lo que se considera como calidad de aire satisfactorio. Los múltiplos
de 100 Imeca se han desarrollado por medio de algoritmos sencillos que
toman en cuenta criterios de salud ambiental (Recuadro_III.1.1.7).
La calidad del aire se considera buena o satisfactoria cuando el valor
Imeca está debajo de 100, de 101 a 150 es regular o no satisfactoria,
de 151 a 200 mala y de 201 en adelante se considera muy mala.
Las normas vigentes de calidad del aire fueron publicadas por la Secretaría
de Salud en el Diario Oficial de la Federación en diciembre
de 1994. Éstas señalan procedimientos para la medición
y calibración del equipo destinado a determinar las concentraciones
de los contaminantes, niveles máximos permisibles de emisión
a la atmósfera de contaminantes, especificaciones de los combustibles
que se utilizan (Recuadro_III.1.1.3)
y los valores que se consideran adecuados para la protección
de la salud en materia de contaminantes atmosféricos (Recuadro
III.1.1.5).
En una situación ideal, los límites que establecen las
normas deberían estar basados en estudios epidemiológicos,
toxicológicos y de exposición, tanto en animales como
en seres humanos, que identifiquen los niveles del contaminante que
son capaces de causar un efecto negativo en la salud de algún
grupo de la población con un cierto margen de seguridad. Sin
embargo, en nuestro país, debido principalmente a la falta de
recursos e infraestructura suficiente para realizar todos los estudios
epidemiológicos, toxicológicos y de exposición
necesarios para fundamentar el establecimiento de estándares
de calidad del aire y a la gravedad del problema que se tenía
a principios de los años noventa, las normas de calidad del aire
mexicanas tuvieron como base fundamental la revisión de normas
establecidas por la Organización Mundial de la Salud y por Estados
Unidos. No obstante, recientemente la Secretaría de Salud, por
medio del Centro Nacional de Salud Ambiental (Censa), ha realizado tanto
estudios epidemiológicos como otros encaminados a establecer
relaciones dosis-respuesta para contaminantes como el O3 y las PM10
que permitirán, en un futuro cercano, contar con información
suficiente para ajustar las normas oficiales a las características
de la población mexicana.
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Actualmente se cuenta con registros de contaminantes atmosféricos
en 23 ciudades y zonas metropolitanas (Figura 5.5). En todas ellas los
contaminantes se miden aplicando procedimientos estandarizados a nivel
internacional. La red más completa y más antigua se localiza
en la ZMVM, que hoy en día tiene 32 estaciones de monitoreo automático
(EMA) y 19 estaciones de monitoreo manuales (no todas funcionan de manera
permanente) que registran O3, CO, SO2, NOx, PM10 y PST, considerados
como contaminantes básicos y de los cuales se tiene más
información acerca de sus efectos sobre la salud, (véase
Principales contaminantes atmosféricos
y sus efectos sobre la salud).
Otras ciudades que cuentan con redes de monitoreo importantes y con
registros relativamente antiguos (mediados de los noventa) son las zonas
metropolitanas de Guadalajara, Monterrey, Toluca y ciudades fronterizas
como Tijuana, Mexicali y Ciudad Juárez. Algunas otras ciudades
se concentran en evaluar alguno o varios contaminantes que les resultan
importantes, como es el caso de Cananea, Cumpas y Nacozari, en el estado
de Sonora, que registran principalmente SO2 y las ubicadas en Querétaro
y San Luis Potosí que se concentran en SO2 y partículas
suspendidas. La lista completa de las estaciones de monitoreo y los
contaminantes registrados se muestran en el Cuadro
III.1.1.3.
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